Regionalización

REGIONALIZACIÓN

  1. DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA – CONCEPTO Y EJECUCIÓN
  2. REGLAMENTO Y APLICACIÓN.
  3. PASES – REGLAS Y PROCEDIMIENTO

1. DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA.

  1. CONCEPTO. Con el objetivo de evitar continuos y costosos traslados por parte de los técnicos y atletas de las distintas afiliadas se considera conveniente la regionalización del Taekwondo Nacional, a fin de equilibrar el potencial de las Provincias adheridas, el deporte se organizara por regiones.
    A tal efecto se considerará,
    a) la densidad demográfica,
    b) la Infraestructura de los distintos estados provinciales,
    c) las vías de comunicación entre ellas,
    d) la regularidad institucional de las afiliadas de cada regional.
  2. EJECUCIÓN. Atento al concepto de regionalización se establecen las siguientes regionales.
  • Región 1: Capital Federal - Buenos Aires - Entre Ríos - Santa Fe.
  • Región 2: Jujuy - Salta - Tucumán - Catamarca - La Rioja.
  • Región 3: Neuquén - Río Negro - Chubut - Santa Cruz - T. del Fuego.
  • Región 4: Misiones - Corrientes - Formosa - Chaco - S. del Estero.
  • Región 5: San Juan - Mendoza - San Luis - Córdoba - La Pampa.

2. REGLAMENTO Y APLICACIÓN.

  1. AFILIACIONES.
    1. DE LAS FEDERACIONES.
    2. DE LAS INSTITUCIONES.

    3.  

      DE LAS PERSONAS.

DE LAS FEDERACIONES. Las Federaciones son las representantes naturales de cada provincia según lo establecen los estatutos de la Confederación Argentina de Taekwondo, a razón de una por provincia, y estas serán las integrantes de cada Consejo Regional, los que estarán conformados por el Presidente de cada Federación o quien este designe más un representante de la Confederación Argentina de Taekwondo (CAT).

Las Federaciones deberán estar afiliadas a la Confederación Argentina de Taekwondo para ser consideradas miembros en cualquiera de las cinco regionales teniendo el aval del ente rector toda vez que cuente con la documentación respaldatoria que se menciona en los estatutos.

En caso de que en una provincia no se cuente con una federación conformada, la provincia podrá estar representada por una asociación de primer grado hasta tanto no se forme una federación, siendo todo esto materia de estudio y evaluación por parte de Comisión Directiva de la Confederación.

Las Regionales serán las responsables de organizar dos torneos selectivos por año, para presentar al Torneo Nacional un equipo conformado por el primero y segundo de cada categoría, lo que quedará establecido por el promedio de lo realizado por cada competidor en ambos selectivos. Las federaciones que conformen cada regional acordarán entre sí, la fecha, la locación y la organización de cada selectivo, debiendo presentar ante la CAT un informe con las fechas tentativas, el primero entre el 02 de enero y el 31 de mayo, y el segundo entre el 01 de junio y el 30 de setiembre, de esta manera la Confederación Argentina de Taekwondo, deberá organizar el Torneo Nacional entre el 01 de octubre y el 20 de diciembre, de donde surgirán los campeones y subcampeones del año en curso, los que a su vez pasarán a formar parte de la selección nacional poniéndose a las ordenes del cuerpo técnico para que este realice las evaluaciones correspondientes y posteriormente podrán participar en la planificación de los entrenamientos, campus y topes de donde quedarán conformadas las distintas selecciones: A, B y C, atento a los distintos compromisos de la Confederación Argentina de Taekwondo tanto en el orden nacional como internacional.

En caso de que una Regional, no presente el correspondiente informe antes del 1° de noviembre del año anterior, podrá hacerlo dos o más federaciones de esa región y en última instancia podrían hacerlo una sola Federación.

La C.D. de la Confederación podrá reconsiderar la posibilidad del pedido de cambio de fecha a una Regional dentro de los 10 días de recibido el informe en los siguientes casos: a) si se superpone la fecha con otro selectivo cuyo informe haya sido presentado antes y ambas Regionales no alcancen un acuerdo, b) si interfiere con los compromisos en el orden nacional o internacional de la propia Confederación, c) si pudiera perjudicar la participación de un atleta de esa regional en un compromiso internacional contraído por la Confederación.

Cada regional deberá presentar el listado de competidores que participaran en el torneo nacional, antes del 1° de octubre, este listado estará conformado por el 1° y 2° de cada categoría. Si alguno de los competidores del listado se lesiona o se ve imposibilitado de competir se podrá presentar un suplente hasta una semana antes del torneo nacional, este suplente deberá contar con la aprobación del Consejo Regional al que corresponde.

En caso de que una regional no haya realizado sus correspondientes selectivos antes del 1° de setiembre deberá hacer un único tope dentro de ese mismo mes para poder presentar la lista de competidores que participaran en el torneo nacional.

Este tope deberá realizarse dentro del ámbito de la correspondiente regional con el acuerdo de la mayoría de las federaciones que las componen, mientras que en caso de disenso por parte de la mayoría de las federaciones, la Confederación Argentina de Taekwondo en su carácter de ente de aplicación asumirá la responsabilidad de decidir la forma que se llevara a cabo el mencionado tope.

Las Regionales podrán invitar federaciones de otras regiones, pero con la salvedad de dejar en claro que los competidores que participan en carácter de invitados solo serán acreedores de los premios que estipule la organización en caso de ganar, pero no recibirán puntaje de los selectivos si no pertenecen a esa regional.

Puntajes de competencia.

7 Puntos. Primer puesto (con lucha ganada).

3 Puntos. Segundo puesto (con lucha ganada). 3 Puntos. Primer puesto sin lucha.

1 Punto. Segundo puesto sin lucha ganada. 1 Punto. Por cada lucha ganada.

1 Punto. Por presentación en cada lucha.

Las Federaciones deberán presentar a la Confederación las listas de buena fe, de sus competidores, técnicos y miembros de Comisión Directiva, antes del 1° de noviembre de cada año, las que tendrán validez del 1° de enero al 31 de diciembre del siguiente año.

Las Federaciones y/o Asociaciones estarán representadas por su Presidente o quien este designe, pero una misma persona no podrá representar a mas de 1 (una) provincia, así como una persona de una regional no podrá representar a una federación de otra región.

DE LAS INSTITUCIONES. Las asociaciones civiles de primer grado o las conformadas de hecho deben estar afiliadas a una federación que se encuentre nucleada en la regional que corresponda a su locación, teniendo la posibilidad de tener domicilio en una provincia y estar federada en otra dentro de la misma regional.

Las instituciones para poder estar federadas deberán cumplir con los requisitos estipulados en los estatutos de la federación en la que decidan incluirse, teniendo los beneficios y derechos establecidos por la federación y siendo esta responsable de sus federados ante la Confederación Argentina de Taekwondo.

DE LAS PERSONAS. La Ley 1624 reconoce como deportista a las personas que practiquen algún deporte estén o no federadas y participen o no en competencias deportivas, estas pueden estar asociadas a una institución de primer grado y/o participar de las actividades.

Las personas físicas (deportistas, técnicos, árbitros, etc.) serán consideradas como federadas cuando estas se encuentren agrupadas en una federación, que son las instituciones de segundo grado las que se conforman con dos o mas asociaciones de primer grado con personería jurídica sin fines de lucro, con el objeto de regir la practica de un determinado deporte en el ámbito local o regional.

Estas personas serán reconocidas por la Confederación Argentina de Taekwondo cuando estas figuren en las listas de buena fe que deben presentar las federaciones.

 3. PASES.

REGLAS Y PROCEDIMIENTO.

      1. DE LAS FEDERACIONES.

      2. DE LAS PERSONAS.

DE LAS FEDERACIONES. Las federaciones deben pertenecer a la regional que fue estipulada en la distribución territorial de la presente regionalización, siendo en este caso la Confederación Argentina de Taekwondo el único órgano de aplicación.

DE LAS PERSONAS. Los técnicos, deportistas y árbitros, podrán pasar de una asociación a otra de cualquier regional cumpliendo con los siguientes requisitos: 

  1. Solicitar el formulario único de pases de CAT en la federación a la que pertenece o por correo electrónico a la confederación.

  2. Completar el formulario donde conste, apellido y nombre, número de documento, nombre de su maestro o instructor que lo representa actualmente, asociación a la que pertenece, a la que pasa y motivo del pase.

  3. Pedir la conformidad a través de la firma correspondiente, a la asociación a la que pertenece, y luego la de aceptación a la otra.

  4. La persona deberá cumplir con los siguientes requisitos:

      1. No presentar deudas con la asociación actual.

      2. No contar con sanciones disciplinarias por parte de la asociación u organismo superior.

      3. No tener causas legales que perjudiquen la honorabilidad del Taekwondo.

      4. Entregar el formulario firmado a la asociación a la que ingresa.

      5. Avisar a la Confederación Argentina de Taekwondo de su cambio de afiliación dentro de los 30 días de entregado el formulario, puede hacerlo por nota simple o vía mail.

En todos los casos la Confederación Argentina de Taekwondo, será el organismo de aplicación, se trate de mediaciones y/o sanciones a no ser que se considere algo que deba ser tratado en forma legal, en tal caso será derivado a la justicia en los fueros que corresponda.

En caso en que la CAT debiese aplicar sanciones, estas serán de la siguiente forma de aplicación:

A las federaciones, el valor de 1 a 15 exámenes de 4° Dan.

Las federaciones serán los responsables de las asociaciones que la conformen y de las personas físicas nucleadas en estas.

En caso que una persona física o jurídica no cumpla con los requisitos mencionados, no podrá participar de actividades oficiales hasta tanto no sea tratado el tema por el consejo técnico, el que tendrá un termino máximo de un (1) año para publicar la resolución. 

Todo competidor, técnico o arbitro que sea invitado a participar del un evento que no este incluido en el calendario oficial deberá solicitar la autorización correspondiente a la federación que corresponda con 30 días corridos de anticipación a la fecha del evento, con la finalidad de evitar que los eventos no oficiales puedan atentar con el normal desarrollo de los oficiales.

Las federaciones podrán informar a la CAT de las novedades relacionadas al punto anterior hasta 15 días antes del evento.

Los Coach podrán participar en los eventos oficiales con los siguientes requisitos:

  1. Contar con la revalida anual otorgada por la CAT.

  2. Cursar el seminario anual en caso de no contar con revalida anterior.

  3. Deberá vestir indumentaria deportiva (remera, buzo, campera deportiva, pantalón largo deportivo, zapatillas deportivas y portar toalla.

  4. Respetar y hacer respetar por sus competidores, las reglas de competencia y códigos de comportamiento que se traten en los seminarios o cursos de revalida que anualmente realice la CAT.

La regionalización de la Confederación Argentina de Taekwondo aprobada en comisión a los 28 días del mes de julio de 2011 entrará en vigencia a partir del 1° de octubre de 2011.

Esta regionalización fue analizada y corregida entre el 05 de julio y el 23 de agosto de 2012, aprobada en comisión el día 30 de agosto de 2012, haciéndose efectiva su vigencia a partir del 3 de setiembre de 2012.